La Consejería de Educación, Juventud y Deporte y la
Consejería de Políticas Sociales y Familia convocan becas para el primer ciclo de Educación
Infantil en centros privados para el curso 2016/2017
INFORMACIÓN GENERAL
DE LA CONVOCATORIA
Solicitantes
Podrán optar a estas becas las familias del alumnado
matriculado en centros de titularidad privada en el primer ciclo de Educación
Infantil para el curso 2016-2017.
Serán destinatarios de las ayudas los niños menores de tres
años, y excepcionalmente, aquellos mayores de 3 años que deban permanecer
escolarizados un año más en el primer ciclo de Educación Infantil por razón de
sus necesidades educativas especiales
Plazo de presentación
Del 18 de mayo al 3 de junio, ambos inclusive.
Presentación telemática de solicitudes
Es la forma más recomendable de presentar la solicitud por
las ventajas que supone
·
Puede presentarse cómodamente desde casa o desde
el trabajo sin tener que desplazarse a los centros u otros lugares indicados
para su presentación.
·
Puede presentarse en cualquier momento sin tener
que ajustarse a los días o a los horarios de atención al público establecidos.
·
La solicitud queda grabada automáticamente en la
base de datos desde el mismo momento del envío por el interesado quedando
únicamente pendiente de revisión.
·
No existe posibilidad de extravío de la solicitud
o de la documentación presentada.
·
Se obtiene justificante de su presentación de
igual valor que si se presentara físicamente.
Para poder presentar la solicitud telemáticamente se
requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado
digital reconocido por la Comunidad de
Madrid. La presentación telemática de la solicitud permite incorporar por parte
de los solicitantes documentación digitalizada. La documentación anexada deberá
ser adquirida del documento original, con la suficiente calidad que permita su
correcta visualización, debiendo quedar los documentos originales en poder del
solicitante que deberá conservarlos, pudiendo ser requeridos por la Consejería
de Educación Juventud y Deporte.
Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que
contengan documentación siempre que sean de extensión doc, pdf, jpg o tif y que
el tamaño máximo conjunto de los ficheros no supere los 10 Megabytes.
La presentación telemática de la solicitud se podrá realizar
a través del siguiente enlace:
SOLICITUD TELEMÁTICA
En el caso de la solicitud telemática debe tener en cuenta
que se deberá adjuntar un documento firmado por el padre/madre que no sea
titular del certificado electrónico usado para su presentación, donde conste el
consentimiento para realizar las consultas telemáticas de sus datos. Este
documento deberá ser firmado por las personas mayores de edad que figuren en
dicha solicitud telemática salvo por el titular del certificado electrónico
usado para su presentación.
Una vez cumplimentada y enviada la solicitud podrá
descargarse un justificante que acreditará su presentación.
En el caso de que no se complete el proceso de Registro, la
solicitud telemática figurará como NO PRESENTADA SIN POSIBILIDAD DE
SUBSANACIÓN. Por ello, debe asegurarse de completar el proceso entrando en el
enlace de la solicitud telemática y al finalizar PULSE EL BOTÓN REGISTRAR
SOLICITUD y después el de Firmar y Enviar. Para comprobar que ha finalizado el
proceso correctamente podrá descargarse el justificante donde aparecerá el
número de registro y su firma digital.
No obstante lo anterior, también puede presentar su
solicitud físicamente de acuerdo con lo que sigue a continuación.
Presentación física de
solicitudes
Los impresos de solicitud para la presentación física se
pueden conseguir en las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de
Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación Juventud y
Deporte (C/ Gran Vía, 20) o a través de la página web en la Ficha de
Procedimiento.
Documentación:
Tanto en la solicitud
física como en la telemática, si autoriza a la Consejería de Educación
Juventud y Deporte a que realice las consultas telemáticas con cada organismo
público que proceda, no será necesario que aporte los siguientes documentos:
·
DNI o NIE
·
Información de la renta del ejercicio 2014
·
Título de Familia Numerosa, si está expedido en
la Comunidad de Madrid.
·
Informe de Vida Laboral, si está dado de alta en
cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, incluidos los Trabajadores
Autónomos obligados a estar dados de alta en la Seguridad Social.
·
Certificado de discapacidad, si está expedido
por la Comunidad de Madrid.
Por tanto, si autorizan las consultas, en la gran mayoría de
los casos no será necesario aportar documentación.
Si no se autorizan las consultas de los documentos recogidos
anteriormente se deberá aportar copia de dichos documentos salvo que, en los
casos previstos, se hayan aportado en convocatorias de becas de escolarización
en centros privados autorizados de los cursos 08-09 en adelante, fueron
válidos, no han caducado y no ha sufrido variación posterior y se marque la
casilla correspondiente en la solicitud.
A estos efectos deberá tener en cuenta lo siguiente:
- El Informe de
Vida Laboral deberá estar expedido por la Tesorería General de la Seguridad
Social a partir del 1 de febrero de
2016. Si se dispone de certificado electrónico, la solicitud de dicho Informe
se podrá descargar en el acto pulsando en el siguiente enlace:
Vida Laboral
- Si no se
dispone de dicho certificado, se podrá obtener llamando al teléfono 901 50 20
50 o través de la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se
recibe en el domicilio que figure en la Tesorería General de la Seguridad
Social.
- La información
de la renta deberá aparecer en un certificado acreditativo de la renta del
ejercicio 2014, con código seguro de verificación, expedido por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria (o certificado análogo en el caso de haber
tributado en Comunidades Autónomas con Régimen fiscal propio o en el
extranjero). En ningún caso serán válidas fotocopias de la declaración de la
renta, ni el borrador de la declaración expedido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria. Si se dispone de certificado electrónico, el
certificado de renta se podrá descargar en el acto pulsando en el siguiente
enlace:
Certificado AEAT
- Si no se
dispone de certificado electrónico, se podrá descargar el certificado de renta,
pulsando en el siguiente enlace:
Página Agencia Tributaria
Siempre se deberá presentar copia del Libro de Familia
completo (es decir, todas las hojas en las que figuren los padres y todos los
hijos) o documentación oficial completa acreditativa de la situación familiar
salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores, haya sido considerado
válido, y no se haya modificado su
contenido (el nacimiento de un nuevo niño comporta una modificación del libro
de familia, por tanto debe ser aportado de nuevo).
Las copias de los documentos siguientes únicamente deberán ser presentadas en caso de
encontrarse en las situaciones recogidas en ellos:
·
Copia compulsada del pasaporte, en el caso de
extranjeros que carezcan de NIE.
·
Sentencia de divorcio, demanda de separación,
certificado de defunción, salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores,
haya sido considerado válido, y no se haya
modificado su contenido.
·
Título de Familia Numerosa, si el titulo no ha
sido expedido por la Comunidad de Madrid, salvo que se haya aportado en
ejercicios anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya modificado su contenido.
·
Certificado médico de la fecha probable del
parto.
·
Certificado de Discapacidad si no está expedido
por la Comunidad de Madrid, salvo que se haya aportado en ejercicios
anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya modificado su contenido.
·
En el caso de trabajadores por cuenta propia no
obligados a estar dados de alta en la Seguridad Social, deberá aportarse recibo
justificativo de abono de la correspondiente mutualidad asimilada al Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos.
·
En el caso de Regímenes Especiales de los
Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los Funcionarios
al servicio de la Administración de Justicia, deberá aportarse certificado de
servicios prestados o de cuotas expedido por la Unidad de personal a la que se
encuentren adscritos, Servicio de Pagaduría u órgano correspondiente.
·
Documentación acreditativa de la condición de
víctima por violencia de género, salvo que se haya aportado en ejercicios
anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya modificado su contenido.
·
Certificado de Servicios Sociales Municipales.
·
Documento público que justifique la situación de
acogimiento familiar: contrato administrativo, resolución judicial o del
Instituto del Menor y de la Familia
·
Dictamen emitido por el Equipo de Atención
Temprana de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en el caso de
alumnos con Necesidades Educativas Especiales.
Firma de la solicitud
La solicitud deberá ser firmada necesariamente por el padre
y la madre o el tutor o tutora del alumno, salvo que uno de ellos no forme
parte de la unidad familiar. Si la solicitud se presenta telemáticamente, ya
que únicamente podrá ser firmada digitalmente por uno de los padres, se deberá
adjuntar un documento del otro padre donde se autorice a la presentación de la
solicitud en su nombre y a la Comunidad de Madrid a la consulta de sus datos.
Si no son el padre, o la madre, pero sí forman parte de la
unidad familiar, deberán firmar para autorizar la consulta de datos.
Lugar de presentación de las solicitudes
Las solicitudes físicas se presentarán en cualquiera de las Oficinas de Registro de la
Comunidad de Madrid, registros de las Direcciones de Área Territorial y resto
de lugares recogidos en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuantías de las Becas
La cuantía de la beca será de 1.100 euros, a razón de 100
euros mensuales, o de 1.760 euros, a razón de 160 euros mensuales.
Abono de las becas
El importe de la becas se hará efectivo mediante la entrega
de una tarjeta de coordenadas que, según
la asistencia previamente justificada por el centro, se irá recargando
mensualmente.
Teléfono de
información: 012
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