martes, 17 de mayo de 2016

Becas Educación Infantil 2016/2017

La Consejería de Educación, Juventud y Deporte y la Consejería de Políticas Sociales y Familia convocan  becas para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados para el curso 2016/2017
INFORMACIÓN GENERAL DE LA CONVOCATORIA
Solicitantes
Podrán optar a estas becas las familias del alumnado matriculado en centros de titularidad privada en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2016-2017.
Serán destinatarios de las ayudas los niños menores de tres años, y excepcionalmente, aquellos mayores de 3 años que deban permanecer escolarizados un año más en el primer ciclo de Educación Infantil por razón de sus necesidades educativas especiales
Plazo de presentación
Del 18 de mayo al 3 de junio, ambos inclusive.
Presentación telemática de solicitudes
Es la forma más recomendable de presentar la solicitud por las ventajas que supone
·         Puede presentarse cómodamente desde casa o desde el trabajo sin tener que desplazarse a los centros u otros lugares indicados para su presentación.
·         Puede presentarse en cualquier momento sin tener que ajustarse a los días o a los horarios de atención al público establecidos.
·         La solicitud queda grabada automáticamente en la base de datos desde el mismo momento del envío por el interesado quedando únicamente pendiente de revisión.
·         No existe posibilidad de extravío de la solicitud o de la documentación presentada.
·         Se obtiene justificante de su presentación de igual valor que si se presentara físicamente.
Para poder presentar la solicitud telemáticamente se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital  reconocido por la Comunidad de Madrid. La presentación telemática de la solicitud permite incorporar por parte de los solicitantes documentación digitalizada. La documentación anexada deberá ser adquirida del documento original, con la suficiente calidad que permita su correcta visualización, debiendo quedar los documentos originales en poder del solicitante que deberá conservarlos, pudiendo ser requeridos por la Consejería de Educación Juventud y Deporte.
Se podrá adjuntar a la solicitud telemática ficheros que contengan documentación siempre que sean de extensión doc, pdf, jpg o tif y que el tamaño máximo conjunto de los ficheros no supere los 10 Megabytes.
La presentación telemática de la solicitud se podrá realizar a través del siguiente enlace:
SOLICITUD TELEMÁTICA
En el caso de la solicitud telemática debe tener en cuenta que se deberá adjuntar un documento firmado por el padre/madre que no sea titular del certificado electrónico usado para su presentación, donde conste el consentimiento para realizar las consultas telemáticas de sus datos. Este documento deberá ser firmado por las personas mayores de edad que figuren en dicha solicitud telemática salvo por el titular del certificado electrónico usado para su presentación. 
Una vez cumplimentada y enviada la solicitud podrá descargarse un justificante que acreditará su presentación.
En el caso de que no se complete el proceso de Registro, la solicitud telemática figurará como NO PRESENTADA SIN POSIBILIDAD DE SUBSANACIÓN. Por ello, debe asegurarse de completar el proceso entrando en el enlace de la solicitud telemática y al finalizar PULSE EL BOTÓN REGISTRAR SOLICITUD y después el de Firmar y Enviar. Para comprobar que ha finalizado el proceso correctamente podrá descargarse el justificante donde aparecerá el número de registro y su firma digital.
No obstante lo anterior, también puede presentar su solicitud físicamente de acuerdo con lo que sigue a continuación.
 Presentación física de solicitudes
Los impresos de solicitud para la presentación física se pueden conseguir en las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación Juventud y Deporte (C/ Gran Vía, 20) o a través de la página web en la Ficha de Procedimiento.
Documentación:
Tanto en la solicitud  física como en la telemática, si autoriza a la Consejería de Educación Juventud y Deporte a que realice las consultas telemáticas con cada organismo público que proceda, no será necesario que aporte los siguientes documentos: 
·         DNI o NIE
·         Información de la renta del ejercicio 2014
·         Título de Familia Numerosa, si está expedido en la Comunidad de Madrid.
·         Informe de Vida Laboral, si está dado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, incluidos los Trabajadores Autónomos obligados a estar dados de alta en la Seguridad Social.
·         Certificado de discapacidad, si está expedido por la Comunidad de Madrid.
Por tanto, si autorizan las consultas, en la gran mayoría de los casos no será necesario aportar documentación.
Si no se autorizan las consultas de los documentos recogidos anteriormente se deberá aportar copia de dichos documentos salvo que, en los casos previstos, se hayan aportado en convocatorias de becas de escolarización en centros privados autorizados de los cursos 08-09 en adelante, fueron válidos, no han caducado y no ha sufrido variación posterior y se marque la casilla correspondiente en la solicitud.
A estos efectos deberá tener en cuenta lo siguiente:
-       El Informe de Vida Laboral deberá estar expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social a partir del 1 de febrero  de 2016. Si se dispone de certificado electrónico, la solicitud de dicho Informe se podrá descargar en el acto pulsando en el siguiente enlace:

Vida Laboral
-       Si no se dispone de dicho certificado, se podrá obtener llamando al teléfono 901 50 20 50 o través de la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se recibe en el domicilio que figure en la Tesorería General de la Seguridad Social.
-       La información de la renta deberá aparecer en un certificado acreditativo de la renta del ejercicio 2014, con código seguro de verificación, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (o certificado análogo en el caso de haber tributado en Comunidades Autónomas con Régimen fiscal propio o en el extranjero). En ningún caso serán válidas fotocopias de la declaración de la renta, ni el borrador de la declaración expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Si se dispone de certificado electrónico, el certificado de renta se podrá descargar en el acto pulsando en el siguiente enlace:
Certificado AEAT
-       Si no se dispone de certificado electrónico, se podrá descargar el certificado de renta, pulsando en el siguiente enlace:
Página Agencia Tributaria
Siempre se deberá presentar copia del Libro de Familia completo (es decir, todas las hojas en las que figuren los padres y todos los hijos) o documentación oficial completa acreditativa de la situación familiar salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya  modificado su contenido (el nacimiento de un nuevo niño comporta una modificación del libro de familia, por tanto debe ser aportado de nuevo).
Las copias de los documentos siguientes  únicamente deberán ser presentadas en caso de encontrarse en las situaciones recogidas en ellos:
·         Copia compulsada del pasaporte, en el caso de extranjeros que carezcan de NIE.
·         Sentencia de divorcio, demanda de separación, certificado de defunción, salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya  modificado su contenido.
·         Título de Familia Numerosa, si el titulo no ha sido expedido por la Comunidad de Madrid, salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya  modificado su contenido.
·         Certificado médico de la fecha probable del parto.
·         Certificado de Discapacidad si no está expedido por la Comunidad de Madrid, salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya  modificado su contenido.
·         En el caso de trabajadores por cuenta propia no obligados a estar dados de alta en la Seguridad Social, deberá aportarse recibo justificativo de abono de la correspondiente mutualidad asimilada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
·         En el caso de Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, deberá aportarse certificado de servicios prestados o de cuotas expedido por la Unidad de personal a la que se encuentren adscritos, Servicio de Pagaduría u órgano correspondiente.
·         Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género, salvo que se haya aportado en ejercicios anteriores, haya sido considerado válido, y no se haya  modificado su contenido.
·         Certificado de Servicios Sociales Municipales.
·         Documento público que justifique la situación de acogimiento familiar: contrato administrativo, resolución judicial o del Instituto del Menor y de la Familia
·         Dictamen emitido por el Equipo de Atención Temprana de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en el caso de alumnos con Necesidades Educativas Especiales.
Firma de la solicitud
La solicitud deberá ser firmada necesariamente por el padre y la madre o el tutor o tutora del alumno, salvo que uno de ellos no forme parte de la unidad familiar. Si la solicitud se presenta telemáticamente, ya que únicamente podrá ser firmada digitalmente por uno de los padres, se deberá adjuntar un documento del otro padre donde se autorice a la presentación de la solicitud en su nombre y a la Comunidad de Madrid a la consulta de sus datos.
Si no son el padre, o la madre, pero sí forman parte de la unidad familiar, deberán firmar para autorizar la consulta de datos.
Lugar de presentación de las solicitudes
Las solicitudes físicas se presentarán en  cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, registros de las Direcciones de Área Territorial y resto de lugares  recogidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuantías de las Becas
La cuantía de la beca será de 1.100 euros, a razón de 100 euros mensuales, o de 1.760 euros, a razón de 160 euros mensuales.
Abono de las becas
El importe de la becas se hará efectivo mediante la entrega de una tarjeta de coordenadas que,  según la asistencia previamente justificada por el centro, se irá recargando mensualmente.

Teléfono de información: 012

viernes, 13 de mayo de 2016

Inteligencia emocional en niños

Los niños con mayor inteligencia emocional son más felices
La educación emocional es un concepto que ha ganado mucho terreno en la educación en los últimos años, pero los padres, las familias y los docentes aún tienen algunas dudas sobre cómo ponerla en práctica. En este artículo intentamos dar respuesta a todas tus dudas sobre la educación emocional en la etapa infantil.
En general, se definen las emociones como una respuesta física del organismo a estímulos, que se identifican con placer, dolor, miedo, peligro…
La mayoría están causadas, o bien por un evento externo (como por ejemplo una amenaza para nuestra integridad física) o bien por la conjunción de un evento interno y otro externo (por ejemplo, que el cuerpo manifieste hambre y que, a la vez, no se encuentre alimento). Se trata de respuestas neuronales inconscientes y naturales.
Una vez definidas las emociones, puede darse un paso más allá e intentar entender qué es la inteligencia emocional. El ser humano, gracias a la corteza cerebral, es capaz de racionalizar esas emociones, ser consciente de ellas y analizarlas, contrariamente a lo que sucede con otras especies. Así, dejan de ser meros mecanismos orientados a la supervivencia.
Las emociones empujan a vivir, disponen de su propio lenguaje y pueden potenciar el conocimiento, aunque también pueden entorpecerlo. Además, según las últimas investigaciones, están en la base de la mayoría de las decisiones humanas. Por eso la educación emocional se convierte en un elemento necesario desde la infancia. Los expertos están de acuerdo en que el mejor medio para iniciarse en ella, para los niños, es el juego. Jugar ofrece al niño habilidades y capacidades nuevas, y además le motivan a aprender.
De acuerdo con las teorías más recientes, la inteligencia emocional es la manifestación de estos cuatro pasos:
1.       Percepción emocional. Las emociones son percibidas, identificadas y valoradas por la consciencia. Ello incluye la capacidad para expresarlas.
2.       Facilitación emocional del pensamiento. El estado emocional ayuda a dirigir la atención hacia la información importante, actuando como una guía para el pensamiento.
3.       Comprensión emocional. Se trata del paso en el cual comprendemos y analizamos las emociones de un modo más racional, atribuyéndoles un motivo.
4.       Regulación emocional. Se trata de una habilidad que debe entrenarse. Permitirá controlar una emoción, distanciarse de ella y, a la larga, establecer una jerarquía donde las positivas manden por encima de las negativas.
En el último paso es donde entra en juego la educación emocional, ya que para desarrollarse necesita las llamadas “competencias emocionales”. Entre otras cosas, estas nos permitirán asimilar y comprender también las emociones de los demás, y en definitiva, vivir mejor con uno mismo y con el resto de la sociedad.

¿Animales en casa?

Convivir con una mascota puede ser muy beneficioso para tu hijo, puesto que favorece el desarrollo de los niños y hace que estos se sientan más seguros de sí mismos, y crezcan más felices y tranquilos.
Estudios afirman que los niños que se crían con mascotas en el hogar son más sociables, más felices y poseen menos estrés que otros. Además, al compartir sus días con sus mascotas, son menos sedentarios y realizan más actividad física. Compartir momentos con una mascota puede ayudar al desarrollo de los niños, a su personalidad y su estado emocional.
Una mascota contribuye con el sentido de responsabilidad de los niños, haciendo que estos sepan en qué momento darles de comer, cuándo no deben molestarlos porque están alimentándose, cuándo sacarlos a pasear, etc.
Los niños que tienen mascotas suelen ser más sociables, tienen más seguridad en sí mismos y aprenden a desarrollar conductas positivas, el respeto por las demás personas y la confianza en los demás. Lo que provoca que puedan comunicarse más fácilmente con otros.
La relación estrecha que llegan a tener con sus animales de compañía les facilita el hecho de demostrar sus emociones y sentimientos, de preocuparse por los seres vivos, cuidarlos y entregarles cariño.
Los perros o gatos u otras mascotas que suelen ser elegidas por los niños, ayudan a que el niño esté menos tiempo en la computadora o frente al televisor y, por el contrario, incentivan a que realicen más actividad física, jueguen, corran y estén más tiempo en contacto con la naturaleza.  El vínculo que se genera favorece al desarrollo físico, psicomotor, psicológico y psicoemocional de los niños, como así también al desarrollo del lenguaje no verbal y de la intuición. Las mascotas pueden ser de mucha ayuda en momentos difíciles de la vida del niño, para superar problemas o para lograr que el pequeño adquiera mayor independencia y autoestima. Una mascota puede facilitar a que los niños entiendan los procesos de la vida: como la alimentación, el dormir, la muerte, el crecimiento, las enfermedades, etc.
Según algunos estudios, los pequeños que viven con animales suelen tener menos alergias, menos probabilidades de sufrir resfríos o asma, ya que las mascotas ayudan a fortalecer el sistema inmunológico.
Para elegir una mascota  es importante, antes de tener una mascota en el hogar, que los niños tengan las vacunas correspondientes y las mascotas estén desparasitadas. Si se siguen las indicaciones de los veterinarios y médicos de los pequeños, y se lleva adelante un plan de higiene adecuado, no hay riesgos de transmisión de enfermedades. A su vez, a la hora de elegir una mascota se debe tener en cuenta el espacio con el que contamos, nuestra economía, el tiempo que tenemos para dedicarnos a sus cuidados, el tamaño del animal y el temperamento.
A su vez ya que vais a elegir una mascota, hacerlo con responsabilidad y sabiendo que van a durar muchos años y no se pueden descambiar o tirar, es bueno que no compréis animales y que podáis salvar la vida a algún animalito vuestro hijo podrá aprender grandes valores.